DOCUMENTACIÓN NECESARIA

El testamento, en principio, es acto unilateral, se realiza un testamento por persona y debe aportarse, en todo caso el D.N.I o documento de identidad. Deberán aportarse, además, en su caso, los datos relativos a fecha y lugar de nacimiento, padres, hijos y domicilio del testador. Si el testamento tiene carácter particional (se reparten bienes) deberán aportarse los títulos de propiedad de los mismos a los efectos de su correcta identificación en el testamento.

DEBE TENER EN CUENTA

En España, en función de la legislación aplicable, existen limitaciones legitimarias que restringen la voluntad del testador; las más importantes, aunque no las únicas, son a favor de los descendientes del testador. La ley que determina la existencia de dichas limitaciones es la que corresponda al testador (nacionalidad o vecindad civil) en el momento del fallecimiento. Si usted no tiene nacionalidad española se recalca la conveniencia de hacer testamento si tiene bienes en España. Consulte en la Notaría.